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VILLA MERCEDES

Piden una pena de 6 años de prisión por atropellar a un joven y causarle la muerte

Este miércoles se dará a conocer el veredicto. El hecho sucedió en Justo Daract en agosto de 2022.

Foto Periódico Judicial
Hoy se desarrollaron los alegatos.
Actualizada: 14/05/2024 22:53
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Se desarrollaron los alegatos en el juicio que investiga un homicidio culposo en accidente de tránsito que ocurrió en Justo Daract. La audiencia estuvo dirigida por la integración unipersonal de Virna Eguinoa, integrante del Colegio de Jueces de la Segunda Circunscripción Judicial.

El hecho se produjo el 7 de agosto del 2022, entre las 6 y las 6:30 cuando un grupo de jóvenes, entre los cuales se encontraba Joaquín Alexis Cabrera, circulaba por la calle Juan Llerena, en sentido este a oeste, frente al Club Talleres, en la localidad de Justo Daract.

Cabrera fue embestido por un vehículo marca Peugeot que conducía el imputado. Ese impacto le produjo heridas, que terminaron ocasionando su muerte, unos días después mientras permanecía internado en Villa Mercedes.

El fiscal de juicio, Néstor Lucero sostuvo la acusación con la que el imputado llegó al debate. Relató los hechos y se refirió a la declaración de los testigos. Dijo que en esa localidad los fines de semana es habitual que la calle Juan Llerena sea utilizada como peatonal. Por otro lado expresó que el conductor luego de la colisión continuó su curso sin prestar atención con una clara acción de evadir la responsabilidad.

También hizo referencia a la pericia mecánica, al test de alcoholemia y a los desencadenantes del accidente como, por ejemplo, la velocidad que fue superior a la permitida.

Lucero manifestó que en este caso existió imprudencia, negligencia e inobservancia de las reglas de tránsito. Mencionó como agravantes el resultado del test de alcoholemia, no haber asistido a la víctima y darse a la fuga. Agregó que se encuentra probado el hecho y la autoría, también mencionó la violación del deber de cuidado.

Solicitó que el acusado sea declarado como autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo doblemente agravado por darse la fuga y conducir alcoholizado (Art. 84 bis del Código Penal), y que sea condenado a seis años de prisión, accesorias legales y costas procesales más una inhabilitación por diez años.

Por su parte, el representante de la querella, Flavio Ávila adhirió en todos los términos a lo argumentado por fiscalía. Indicó que en el momento del hecho el acusado observó que había peatones caminando por la calle.

A su vez, expresó que el accidente pudo haberse evitado, que hubo violación al deber de cuidado. Además dijo que, la víctima no pudo advertir que venía una camioneta de atrás para evitar la colisión.

Ávila se refirió a testimonios y aseguró que está acreditada con certeza y convicción la autoría del hecho en relación al art. 84 bis del Código Penal. Como agravantes mencionó la fuga luego del accidente y el nivel de alcohol que presentaba el imputado fuera de lo permitido y como otro elemento señaló la velocidad.

Finalmente, la defensa del acusado, representada por los abogados Gustavo Otegui y Juan Manuel Dómine sostuvo la no culpabilidad de su defendido. En su alegato, se refirieron a la prueba ofrecida en el debate, a la mecánica del hecho y a su teoría del caso.

Analizaron la plataforma fáctica y mencionaron declaraciones de testigos. Dómine expresó que en ningún momento surgió que esa calle es peatonal, que ningún testimonio hizo referencia al test de alcoholemia y que tampoco fue incorporado en el debate, por lo que no puede ser tenido en cuenta como prueba.

Agregó que la única acción reprochable es que venía conduciendo a 51 kilómetros por hora y que no se acreditó la violación del deber de cuidado.

Por otra parte Otegui mencionó que están ante un caso donde hubo una fatalidad que afectó dos vidas. Y dijo que hubo imprudencia por todos los que participaron el día del hecho, porque iban caminando por la calle en lugar de circular por la vereda.

Añadió que su defendido iba por el carril correcto y que no hay prueba de que haya estado alcoholizado, y que jamás pudo advertir que se iba a encontrar con los peatones, solicitó que no se tenga en cuenta otra prueba que no se haya demostrado en el debate y la absolución para el acusado.

Este miércoles 15 a las 11:30 se conocerá el veredicto.

Fuente: Periódico Judicial

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